AMPLIACIÓN DE ESTADO DE EMERGENCIA EN PERÚ !!

Ampliación del Estado de Emergencia Nacional : desde el Lunes 25 de Mayo al 30 de JunioDesde este lunes 25 de mayo nuevas actividades económicas podrán volver a operar, en lo que será el inicio de una nueva etapa de la reactivación productiva, según establece el Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM,

TUMBES, PIURA, LAMBAYEQUE, LA LIBERTAD, LORETO, UCAYALI, ICA, ANCASH :SANTA, CASMA y HUARMEY : Inmovilización Social (toque de queda): 6:00pm(18:00h) a 4:00am de Lunes a Sábado.

Lima y provincias no consideradas en las excepciones, Inmovilización Social (toque de queda): 9:00pm a 4:00am de Lunes a Sábado.

El día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos del Perú durante todo el día.

Los vehículos, solo pueden circular aquellos autorizados por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior, siempre que lo hagan para la realización de tareas de atención de la emergencia. También podrán circular para el traslado de personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse grave.

Los menores de edad hasta los 14 años podrán salir de sus domicilios por el plazo de 30 minutos, en una distancia no superior de 500 m de su vivienda y deberán estar acompañados por un adulto con una distancia no menor de 2 metros.

Las personas mayores de 65 años y quienes cuenten con enfermedades como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, tuberculosis,  y otros estados de inmunosupresión, solo podrán salir excepcionalmente de su domicilio, siempre que requieran de atención médica urgente o ante una emergencia, o para la adquisición de alimentos y medicinas, en caso de no tener a ninguna persona de apoyo para ello,.

Las personas podrán circular únicamente por las vías de uso público para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales.

Permitido servicio de comercio electrónico y delivery.

Se permite actividades deportivas profesionales, que no impliquen contacto físico directo, fútbol profesional, respetando distanciamiento social.

A continuación puede ver una lista de las actividades que se reanudarán:

Servicios y productos de primera necesidad

Al igual que desde el inicio del estado de emergencia, sigue estando permitida la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. Así como la asistencia a establecimientos médicos y centros de diagnóstico, entidades financieras, seguros y pensiones.

Sector público y sector educación

Podrán volver a laborar los trabajadores del sector público que presten servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, así como los autorizados para el reinicio de actividades del sector público, para que puedan desplazarse a sus centros de trabajo.

Así como quienes se encargan de la distribución y transporte de materiales educativos; el almacenamiento, transporte, preparación y/o distribución de alimentos del programa social de alimentación escolar.

Comercio electrónico

También se reactivará el comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo, debiendo cumplir las normas sanitarias que emite la Autoridad Nacional de Salud.

Servicios a domicilio

Desde este lunes una serie de servicios podrán volver a brindarse a domicilio, a fin de evitar aglomeraciones en locales comerciales que puedan generar contagios.

Entre estos están los servicios de apoyo al diagnóstico, odontología, oftalmología, rehabilitación, reproducción humana, veterinarias, debiendo observar los protocolos sanitarios que establece la Autoridad Nacional de Salud.

Los servicios de aplicativos móviles para servicios de entrega a domicilio (delivery) prestados por terceros, siempre que sigan los parámetros.

Los servicios técnicos y profesionales independientes como técnicos de informática, gasfitería, jardinería, electricidad, carpintería, lavandería, mantenimiento de artefactos, reparación de equipos, servicios de peluquerías y cosmetología, ferreterías, servicios de limpieza o asistencia del hogar.

La asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.

Actividades deportivas federadas

Además, se reanudarán las actividades deportivas federadas, entre las que se encuentran el fútbol profesional; bajo protocolos aprobados por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsa). La práctica de cualquiera de estas actividades deberá ser realizada sin público en los escenarios deportivos.

Hospedajes

Los establecimientos de hospedaje podrán trabajar siempre que lo hagan con la finalidad de cumplir con la cuarentena dispuesta o para el alojamiento del personal que presta los servicios y bienes esenciales.

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