CAMARÓN EN VEDA 

La veda del crustáceo rige del 3 de enero al 31 de marzo del presente año. Por recomendación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE)  y cuya disposición está contenida en la Resolución Ministerial N° 479-2016-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, la misma que señala que a partir del 3 de enero de 2017, queda prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización, utilización y consumo del camarón de río a nivel nacional.

 

 

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Se exhorta a los pescadores, comercializadores, cocineros y a los consumidores en general, a respetar la veda, para permitir que el recurso se reproduzca y se garantice su disponibilidad en la mesa de los peruanos el resto del año.

El Ministerio de Producción  recordó que consumir camarón de río en el periodo de veda, atenta contra el proceso de maduración del crustáceo, toda vez que, por cada cola de camarón que se ingiere se pierden unos 2,500 huevos, lo que representa el ciclo vital de la especie del camarón Cryphiops Caementarius.

 

Ya sabes, si deseamos deleitarnos de la rica comida que se prepara con los camarones, tales como chicharrón de camarón, tallarín saltado de camarones, chupe de camarones, picante de camarones, causa rellena de camarones, entre otros deliciosos potajes, respetemos las disposiciones oficiales que protegen su adecuado proceso de crecimiento.

 

 

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